Mediante la Ley 1801 de 29 de julio de 2016 se expidió el Código Nacional de Policía y Convivencia, el cual entró a regir a partir del 29 de enero de 2017.
En el capítulo III se regula lo concerniente a la convivencia en los sistemas de transporte público colectivo e individual de pasajeros, en el cual se establecen los comportamientos y las medidas correctivas aplicables por infracción a las normas de convivencia.
En el Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia se consagran los comportamientos contrarios a la convivencia en los sistemas de transporte público colectivo.
Quien impida el ingreso o salida prioritaria a mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños, niñas o personas con discapacidad.